En España, las criptomonedas se consideran activos patrimoniales a efectos fiscales. Esto significa que las ganancias obtenidas de su compra y venta están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Aquí te detallo algunos aspectos clave:
- Ganancias patrimoniales: Cuando vendes criptomonedas, si has obtenido beneficios (es decir, si las vendiste a un precio superior al que las compraste), debes declarar esa ganancia. Las ganancias patrimoniales se integran en la base imponible del ahorro.
- Tramos del impuesto: Las ganancias patrimoniales se gravan en función de una escala progresiva:
- Hasta 6.000 euros: 19%
- De 6.001 a 50.000 euros: 21%
- Más de 50.000 euros: 23%
- Pérdidas patrimoniales: Si vendes criptomonedas y sufres pérdidas, puedes compensarlas con ganancias obtenidas en otras operaciones. Si tus pérdidas superan tus ganancias, puedes compensar hasta un 25% de las pérdidas en ejercicios futuros.
- Declaración: La declaración de las criptomonedas debe hacerse en la declaración anual del IRPF, y también hay que informar sobre los saldos y cuentas en el extranjero si superan los 50.000 euros.
- Impuesto sobre el Patrimonio: Si el valor total de tus criptomonedas, junto con otros bienes y derechos, supera el límite establecido para el Impuesto sobre el Patrimonio, también tendrás que declararlo.
- Operaciones de minería y staking: Si obtienes ingresos a través de la minería de criptomonedas o el staking, esos ingresos se consideran rendimientos del trabajo y se gravan de acuerdo a la escala general del IRPF.
Es importante destacar que la legislación puede cambiar, y siempre es recomendable consultar a un asesor fiscal para obtener información actualizada y específica a tu situación.